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Ángel Luis Rodríguez de la Cuerda AESEG

Genéricos: la importancia de la cláusula Bolar y la cláusula de exportación

Como ya sabéis, la industria de los medicamentos genéricos en España uno de los agentes que ha contribuido en los últimos años a la sostenibilidad del sistema sanitario de nuestro país, logrando gracias al uso de los EFG un ahorro de alrededor de mil millones de euros anuales desde 2001. Sin embargo, y aunque los genéricos en España se acercan cada vez más al uso de los mismos en el resto de la UE y de otras regiones del mundo, todavía estamos muy lejos de alcanzar los porcentajes y valores de uso de ciertos países.

Por ello, y para que la industria de los medicamentos genéricos en España pueda seguir aportando esa valiosa y contribución, además de seguir generando empleo, es necesario que desde el Gobierno se haga una apuesta firme por políticas que promuevan el uso del genérico y lo diferencien del medicamento de marca, ya que EFG es mucho más que una sigla.

medicamentos genéricosEn este sentido, Ángel Luis Rodríguez de la Cuerda, director de AESEG, patronal de la industria fabricante de medicamentos genéricos en España, ha solicitado recientemente la inclusión de una cláusula de exportación en la futura Ley de Patentes, pidiendo soporte legal para poder fabricar en España productos protegidos en el país pero cuya patente haya expirado en algunos países del exterior. “De no existir esta cláusula, las compañías afincadas en España tendrán que irse fuera a crear fabricas para poder desarrollarse en este aspecto”, explicó Rodríguez de la Cuerda durante su intervención en el Congreso de los Diputados.

Por otro lado, de la Cuerda solicitó también un amplio desarrollo de la cláusula Bolar‘, un salvoconducto que permitiría fabricar un medicamento mientras está protegido por patente con el objetivo de poder comercializar desde el día uno posterior al vencimiento de la exclusividad. “Sin una ‘cláusula Bolar’ amplia no podemos hacer nada contra competidores externos”, aseveró Rodríguez de la Cuerda.

Recordemos que la cláusula Bolar es una norma jurídica que permite iniciar los procesos de experimentación y obtención de autorizaciones gubernamentales necesarios para comercializar un producto (típicamente un medicamento, pero puede ser cualquier otro que requiera aprobación gubernamental previa a la comercialización) antes de que haya vencido una patente.  La cláusula Bolar no permite comercializar sino meramente experimentar, hacer estudios e iniciar trámites gubernamentales.


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