Una propuesta legítima con facetas solidarias
CLÁUSULA DE EXPORTACIÓN
El proyecto de nueva ley de patentes, enviado por el Gobierno de Rajoy al Parlamento, inició su tramitación en la Comisión de Industria del Congreso el pasado 3 de marzo, con las comparecencias de varios expertos; entre ellos, Ángel Rodríguez de la Cuerda, director general AESEG, patronal española de genéricos. Sin embargo, Antoni Esteve, presidente de Farmaindustria, no asistió.
El proyecto actualiza la ley de 1986, dictada al integrarse España en la hoy Unión Europea -si bien con una moratoria para medicamentos hasta 1992- y se adapta a los cambios ocurridos, como la firma por España, en 1994, de los convenios de la Organización Mundial del Comercio (OMC), entre ellos los que regulan la propiedad intelectual, los ADPIC.
AESEG propuso incluir una cláusula de exportación, lo que concitó el apoyo de algún grupo parlamentario en forma de enmienda a la ley. Se pretende así no considerar vulneración de la patente fabricar y exportar un producto con patente vigente en España, si el destino es otro país donde no exista o haya caducado. Esto permitiría a la industria española de genéricos acudir a mercados dinámicos como el estadounidense, el más grande del mundo, donde primero suelen caducar las patentes en su plazo ordinario y donde la prórroga de las patentes, si se aplica, también es inferior a la europea (4 años en lugar de 5).
En ese periodo de 12-24 meses, las moléculas que caducan en los próximos años abrirán mercados de varias decenas de miles de millones de dólares. Si se llega cuando laboratorios de otros países como India o Israel ya estén asentados, “el pescado estará ya vendido”.
Esta cláusula, legítimo apoyo a la industria española, es vista como una oportunidad por ONGs como Farmamundi, que trata de mejorar la salud de poblaciones vulnerables en diversos países del mundo con actuaciones humanitarias y de emergencia, en las que la presencia de medicamentos es imprescindible.
“En muchos países en vías de desarrollo, los medicamentos tienen un precio inalcanzable debido al monopolio legal conferido por las patentes”
En muchos países en vías de desarrollo, los medicamentos tienen un precio inalcanzable debido al monopolio legal conferido por las patentes. Si uno ve el caso del sofosbuvir (Sovaldi®) en España, puede imaginar lo que puede ocurrir con los enfermos de hepatitis en muchos países pobres pues, aunque un medicamento no esté patentado en el país, la importación de otro tampoco es libre si en este último existe una patente en vigor.
Para solucionar estos casos se han planteado iniciativas contempladas en los ADPIC como son las licencias obligatorias, aplicadas en pocos países (Canadá) a pesar de la Declaración de Doha de 2001. En la Unión Europea se ha dictado el reglamento europeo (CE) 816/2006 de 17 de mayo de 2006, que permitiría exportar a países con problemas de salud pública. Lamentablemente, el reglamento no se ha aplicado nunca en los 31 países europeos en sus 9 años de vigencia.
Esta novedosa cláusula de exportación permitiría que las empresas de genéricos españolas pudieran tener un papel en el mundo solidario, exportando medicamentos de calidad a países pobres, a organizaciones como UNICEF o la OMS, o a iniciativas solidarias de EEUU como son la Fundación Clinton o el programa contra el sida del presidente de EEUU (PEPFAR), que en la actualidad recurren a empresas indias, ya habituadas a estas opciones que les permiten cuadrar su cuenta de resultados.
Farmamundi, que mantiene desde el año 2000 una distribuidora de medicamentos sin ánimo de lucro enviando estos productos a más de 60 países, apoya esta cláusula y espera que los legisladores tengan presente esta opción en una, sin duda, compleja ley, pero que tiene también resquicios de oportunidades para el bien común.